Corpus
Modo: Corpus Pro

INTERES JURIDICO, NO DEBE CONFUNDIRSE CON LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 267205 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Tercera Parte; Pág. 58

No debe confundirse la existencia del acto con la afectación a los intereses jurídicos del quejoso. Ciertamente, el que los actos existan o no objetivamente, es independiente de que con ellos se lesionen o no los derechos del quejoso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267205-f9bb6300/interes-juridico-no-debe-confundirse-con-la-existencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 4824/61. Alejandro Vivar Balderrama. 29 de noviembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.

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