FIANZAS OTORGADAS POR UN AÑO.
Tratándose de fianzas otorgadas por un año, el requerimiento administrativo de pago debe considerarse válido si se reclama su improcedencia porque la fianza se encontraba vencida en el momento en que se requirió a la afianzadora presentar al fiado, ya que el no recurrir el auto respectivo en la esfera penal, lo consintió, consintiendo asimismo el acto de él derivado, o sea el requerimiento administrativo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267477-ee80ea92/fianzas-otorgadas-por-un-ano · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 27/61. Afianzadora Mexicana, S. A. 9 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
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