Corpus
Modo: Corpus Pro

MARCAS, REGISTRO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 268112 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Tercera Parte; Pág. 28

La facultad otorgada a la Secretaría de Economía por el artículo 106 de la Ley de Propiedad Industrial, es un poder discrecional, una facultad de arbitrio, cuyo ejercicio no podría censurarse en el amparo, a menos que el órgano administrativo se hubiera apoyado en hechos contrarios a la constancia del expediente, o hubiera elaborado argumentaciones evidentemente opuestas a las reglas de la lógica o a las máximas de la experiencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268112-73b8f2dd/marcas-registro-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 307/58. N. V. Sierra Radio. 21 de octubre de 1959. Mayoría de tres votos. Disidente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.

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