VIAS GENERALES DE COMUNICACIONES, REGLAMENTO DEL CAPITULO DE EXPLOTACION DE. CAMINOS, RECURSO ORDINARIO.
El recurso establecido por el artículo 251 del reglamento que se cita, no establece ningún procedimiento para suspender los efectos de los actos reclamados y esto basta para que los interesados no estén obligados a emplear esa defensa ordinaria; sin que obste que los actos reclamados sean constitutivos, declarativos o de la naturaleza que sea, porque si la fracción XV del artículo 73 mencionado no hace distinción ninguna al respecto, no puede tampoco establecerse esa distinción en forma interpretativa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268123-5101d234/vias-generales-de-comunicaciones-reglamento-del-capitulo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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