PULQUERIAS, CLAUSURA DE. TRASPASOS.
Aunque el quejoso sea propietario de la pulquería, por traspaso, como la licencia no esta expedida a su nombre, la clausura que reclama no es violatoria de garantías, por ser notorio que, para el funcionamiento legal de todo comercio, se requiere, primordialmente, aun cuando medien tales o cuales requisitos, la existencia de la licencia correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268722-ac2150fe/pulquerias-clausura-de-traspasos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 7086/57 Alejandro Pacheco Lizurtegui. 19 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez
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