COOPERATIVAS. EXCLUSION DE SOCIOS.
Conforme al artículo 13 del reglamento de la Ley General de Sociedades Cooperativas, la calidad de miembro de una sociedad se pierde, entre otros motivos, por exclusión, pero para que pueda ser decretada ésta, debe cumplirse con todas y cada una de las disposiciones legales que rigen el caso, lo que no sucede cuando no se hace la convocatoria respectiva con la anticipación prevista en los artículos 22 y 23 de ese reglamento, la que debe ser oportunamente notificada al interesado, o cuando se omite darle a conocer el motivo o motivos de su acusación, y cuando no se le dan los datos, documentos o antecedentes de su exclusión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268791-4ac9941c/cooperativas-exclusion-de-socios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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