PENSIONES CIVILES, EL ESTADO NO INTERVIENE TRATANDOSE DE.
La Dirección de Pensiones Civiles es un organismo de servicio público descentralizado, y por lo mismo, el Estado no puede intervenir en el otorgamiento de los beneficios que a sus trabajadores concede la Ley de Pensiones Civiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268976-e4652dff/pensiones-civiles-el-estado-no-interviene-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 748/57. Herlinda Arias viuda de Bolívar. 11 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
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