Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPRAVENTA DE INMUEBLES. DEBE EL COMPRADOR RATIFICAR SU VOLUNTAD DE ADQUIRIRLOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 269447 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Cuarta Parte; Pág. 19

Aunque es verdad que se puede autorizar verbalmente a un tercero para que gestione la compra de un inmueble, y que ese contrato no necesariamente debe constar por escrito, no menos cierto es que para que surta efectos la compraventa debe estar ratificada por el comprador antes de que se retracte el vendedor.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269447-92e643be/compraventa-de-inmuebles-debe-el-comprador-ratificar-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6743/62. Leonilo Elizondo Jr. 6 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.

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