Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

APELACION. CASO EN QUE LA PARTE QUE VENCIO DEBE ADHERIRSE AL RECURSO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 270052 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIII, Cuarta Parte; Pág. 9

Cuando el Juez de primera instancia omite examinar algunas cuestiones en el fallo apelado, el Tribunal Superior está facultado, en su caso, para estudiar y decidir con plenitud de jurisdicción esas cuestiones. Sin embargo, la situación es distinta cuando se trata no de cuestiones cuyo estudio y resolución se omitió sino de las estudiadas y resueltas, caso en el cual deben ser objeto de impugnación por la parte a quien perjudican, pues el Tribunal Superior no esta facultado por la ley para revisar oficiosamente lo decidido por el inferior salvo en casos expresamente determinados. En esta situación, para que haya la posibilidad de que el superior estudie un punto resuelto por el inferior, que la parte que venció estima que le perjudica, debe esta parte adherirse a la apelación en los términos del artículo 690 del Código de Procedimientos Civiles.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270052-9fcfda87/apelacion-caso-en-que-la-parte-que-vencio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 91/63. Orión Cuauhtémoc Fajardo Hernández. 31 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis