NULIDAD POR FALTA DE FORMA. CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO.
La acción de nulidad por falta de forma, se extingue por el cumplimiento voluntario de las partes de una compraventa por haber entregado una de ellas la posesión de la cosa y la otra parte del precio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270475-c9f9aed3/nulidad-por-falta-de-forma-cumplimiento-voluntario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6030/60. Gregorio Oneto Barenque. 12 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
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