Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPRAVENTA, LA FALTA DE FORMA EN EL CONTRATO SOLO LA PUEDEN HACER VALER LAS PARTES QUE INTERVINIERON EN LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 270179 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Cuarta Parte; Pág. 48

Cuando se trata de una nulidad relativa, por inobservancia de la forma cabe decir que sólo a las partes en el contrato incumbe hacerla valer y no a quien no aparece como comprador o vendedor en la operación de venta, dado que este contrato es formal y no solemne.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270179-fc2ba502/compraventa-la-falta-de-forma-en-el-contrato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 604/60. Jacinto Alcocer Alcocer. 2 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.

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