NOTARIOS, CERTIFICACIONES DE LOS.
No es necesario que el notario dé fe, en forma expresa y sacramental de la certeza de la anotación, pues basta la afirmación que bajo su firma y sello haga respecto a que en su protocolo consta el acto que menciona y la expresión de número y fecha de la escritura respectiva, para que esa aseveración notarial tenga un carácter fedatario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270719-52ac4a92/notarios-certificaciones-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4727/59. Inversiones Saljir, S. A. 2 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Jurisprudencia relacionada
- CERTIFICACIONES NOTARIALES. (s/clave)
- NOTARIOS, CERTIFICACION DE LOS. (s/clave)
- NOTARIOS, CERTIFICACIONES DE LOS, EN DOCUMENTOS. (s/clave)
- NOTARIOS, CERTIFICACIONES DE LOS. (s/clave)
- NOTARIOS, CERTIFICACIONES DE LOS. (s/clave)
- NOTARIOS, ACTUACIONES DE LOS. (INSTRUMENTOS PUBLICOS). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis