Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPRAVENTA. ENTREGA DE LA COSA VENDIDA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 271396 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Cuarta Parte; Pág. 43

Si bien en la compraventa del predio hecha en escritura pública, la entrega del título en que consta, engendra la presunción de la transmisión material, real del inmueble, consecuente de la jurídica, cuando esto no sucede, y no obstante la existencia del contrato el comprador continúa teniéndolo, es indudable que la eficacia de la presunción de la entrega ficta desaparece ante la realidad del hecho de que el vendedor posee todavía la cosa enajenada y entonces, ante la necesidad de dar seguridad a las adquisiciones, de evitar engaños en la contratación y de hacer respetar la buena fe, que es inherente al cumplimiento de lo expresamente pactado, se impone condenar al vendedor a cumplir su obligación fundamental, que es la de entregar la cosa vendida, poniéndola en poder y posesión del comprador.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271396-15f10978/compraventa-entrega-de-la-cosa-vendida-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2587/59. Ramón Bringas. 13 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

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