SENTENCIAS, FUNDAMENTO DE LAS.
Como los artículos 19 del Código Civil y 82 del de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito y Territorios Federales, establecen que las resoluciones judiciales deben estar fundadas en preceptos legales o principios jurídicos, en concordancia con lo que al efecto previenen los artículos 14 y 16 constitucionales, es evidente que la Sala de apelación no infringió dichos preceptos al considerar que el Juez a quo debió expresar tales fundamentos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272414-3d1c90a0/sentencias-fundamento-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 545/57. José Guillermo Urrutia. 29 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
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