COSTAS CUANDO HAY AMPARO.
Cuando por virtud del amparo concedido deba dictar nueva sentencia la autoridad responsable, debe dejarse a esta en libertad de resolver, con plenitud de jurisdicción, lo que estime ajustado a derecho sobre costas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272441-71dc4b1f/costas-cuando-hay-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1894/57. Guillermo Espinosa Iglesias. 6 de agosto de 1958. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
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