LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS, ENDOSO DE.
No es admisible que cuando el endoso de una letra de cambio se hace después del vencimiento de ella, sólo produce los efectos de la cesión del crédito cuando se notifica al deudor, toda vez que el endoso así, produce efectos de cesión, sin que haya obligación de notificarla para que sea válida, ya que es el endoso la forma de la cesión, y la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito permite que la letra de cambio perjudicada sea endosable, sólo que sin que se puedan producir los efectos jurídicos del endoso, sino los de la causalidad derivada del que expidió la letra, del cedente o del endosante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272914-1cca15cd/letras-de-cambio-vencidas-endoso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE ENDOSOS EN LAS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE LOS ENDOSOS EN LAS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, ENDOSOS IRREGULARES EN LAS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, TRANSMISION DE. (s/clave)
- ENDOSOS EN LAS LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE LOS. (s/clave)
- LETRAS VENCIDAS, ENDOSO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis