LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE LOS ENDOSOS EN LAS.
Si el beneficiario de una letra de cambio la endosó a un tercero, y éste a su vez la endosó a otra persona, para que dicho beneficiario volviese a ser propietario de la letra, era necesario que la misma se le endosara nuevamente a su favor, y no bastaba que testara los endosos posteriores a su adquisición, pues para ello no estaba facultado, si la letra fue protestada y por tal motivo surtieron todos sus efectos esos endosos, ya que en tales condiciones, no tiene aplicación el artículo 41 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344987-13753692/letras-de-cambio-cancelacion-de-los-endosos-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE ENDOSOS EN LAS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE ENDOSOS EN LAS. (s/clave)
- ENDOSOS EN LAS LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE LOS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO VENCIDAS, ENDOSO DE. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE ENDOSOS EN LAS. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO, ENDOSOS IRREGULARES EN LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis