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Modo: Corpus Pro

LETRAS DE CAMBIO, CANCELACION DE ENDOSOS EN LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 340382 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 2033

De la interpretación que da la doctrina al artículo 31 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, se desprende que en realidad los endosos a que se refiere dicho artículo y que pueden cancelarse válidamente, son aquellos que se encuentran en proyecto y los que obedecen a simples equivocaciones intrascendentales, desde el momento en que el título entró al patrimonio de quien, para librarlo de anotaciones que no tienen razón de ser, procede a anularlas para dejar expedito su derecho, sin que ello perjudique el derecho de otra persona.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340382-5450e88c/letras-de-cambio-cancelacion-de-endosos-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 4204/53. Acosta Sierra Francisco. 30 de marzo de 1955. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

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