CONSTRUCCIONES EN TERRENO AJENO. MALA FE.
Para que exista controversia sobre la buena o mala fe del que construye en terreno ajeno y del dueño, es necesario que efectivamente el que se ostenta como tal, sea dueño o propietario en forma indiscutible. Por tanto, no puede hacerse declaración sobre mala fe del constructor o buena fe de quien se ostenta como dueño, cuando se trata de una construcción hecha en un terreno cuya propiedad se disputan dos personas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272941-73c4529f/construcciones-en-terreno-ajeno-mala-fe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7089/56. "La Industrial de Enseñanza", S. de R. L. 30 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas y Vicente Santos Guajardo. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
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