CONSTRUCCIONES, CUANDO NO HAY MALA FE.
No puede ser considerado como constructor de mala fe, quien construye en terreno ajeno sin haber recabado el consentimiento escrito del dueño, si la construcción se hizo por error ya que éste excluye necesariamente al dolo o mala fe y coloca a quien lo sufre, en condiciones de que se le estime como ejecutando el acto exclusivamente de buena fe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354249-790969a2/construcciones-cuando-no-hay-mala-fe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3757/40. Saenz Trápaga viuda de Meade Joaquina. 30 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Brazdesch no asistió a la sesión por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONSTRUCCIONES EN TERRENO AJENO. MALA FE. (s/clave)
- CONSTRUCTOR DE BUENA FE. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES DE MALA O BUENA FE, ENAJENACION DE LOS PREDIOS EN QUE SE EFECTUAN. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES, DAÑOS CAUSADOS A LAS. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES EN TERRENO AJENO. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES, DAÑOS CAUSADOS POR LAS. (57)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis