EXCUSA DE LOS MAGISTRADOS DE CIRCUITO (ENEMISTAD).
Solamente en el caso de que la enemistad exista con las partes o sus patronos, se justifica la excusa o el impedimento de un Magistrado, pero no cuando haya tal enemistad con una persona autorizada para oír notificaciones en los términos del artículo 26 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272950-0c3810dd/excusa-de-los-magistrados-de-circuito-enemistad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Excusa 70/57. Cristina Sáenz de Martínez. 16 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Impedimento 66/57. Julio F. Pérez. 8 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
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