DOCUMENTOS, VALOR DE LOS.
Si se reconoce la firma puesta en determinados documentos respecto de los cuales se objeta el contenido de ellos pero no se prueba su alteración, la Junta debe tener por reconocido implícitamente el contenido de los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273188-b022f7c3/documentos-valor-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9569/65. Zeferino Sánchez. 11 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Amparo directo 2894/55. Jesús Barrera Delgado. 20 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
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