ACCIONES CONTRADICTORIAS. SU EJERCICIO.
Si un trabajador reclamó en su demanda laboral la reinstalación en su trabajo o el pago de la indemnización constitucional, estas acciones son contradictorias y se excluyen entre sí, pues en tanto que la primera implica el cumplimiento del contrato de trabajo, la segunda pretende nada menos, que la rescisión de dicho contrato, de donde resulta que tales derechos no pueden coexistir dentro del contenido de la relación procesal en los juicios laborales; de ahí que, cuando se acciona en la forma indicada, se coloca a la Junta del conocimiento en la imposibilidad legal de decidir el conflicto, pues no es posible determinar cual es el derecho que ha de tutelarse mediante el ejercicio de su jurisdicción. Es por ello que en tales casos debe estimarse que, propiamente, no se ha ejercitado acción alguna y absolver al demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273372-41bba875/acciones-contradictorias-su-ejercicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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