RETENCION DE SALARIOS, RESCISION EN CASO DE.
Cuando en un juicio laboral el trabajador celebra convenio con el patrón, a virtud de que éste le pagó los salarios retenidos cuyo pago demandó, motivo por el que el trabajador desistió de esta acción, y posteriormente el propio obrero pide la rescisión de su contrato con base en aquella retención de sueldos de la cual desistió, debe concluirse que carece de derecho para volver a demandar dicha rescisión con apoyo en la aludida retención de salarios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273651-2fab531e/retencion-de-salarios-rescision-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6001/62. Nazario Armenta Mena. 5 de noviembre de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.
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