PRUEBAS QUE DEBEN ESTUDIAR LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
La Junta de Conciliación y Arbitraje sólo tiene obligación de analizar las pruebas rendidas por las partes, que tengan relación y congruencia necesaria con la litis establecida en el litigio, en otros términos, aquellas que son condiciones para la justificación de los extremos de las acciones intentadas por el actor y de las excepciones opuestas por el demandado y no las demostrativas o parte de ellas que no tengan esa relación y finalidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274172-a242c639/pruebas-que-deben-estudiar-las-juntas-de-conciliacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4792/62. Juan Gómez Martínez. 26 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, ESTIMACION DE LAS PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. DESAHOGO DE PRUEBAS. (s/clave)
- PRUEBAS, ESTUDIO DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, CONGRUENCIA DE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, PRUEBAS ANTE LAS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, ANALISIS DE LAS PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis