RIESGO PROFESIONAL, TRANSPORTACION DEL TRABAJADOR AL LUGAR DEL TRABAJO.
No puede estimarse profesional el accidente que ocurre a un trabajador cuando se dirige al lugar donde presta sus servicios, a bordo de un camión de pasajeros del servicio público, pues en esas condiciones el accidente no ocurre durante el trabajo y en ejercicio de éste, ni como consecuencia del mismo, pues el accidente que ocurre a un obrero en el trayecto al lugar donde trabaja únicamente tiene carácter profesional, cuando ese trayecto se realice en un medio de transporte proporcionado por el patrón a consecuencia de una estipulación contractual, más no cuando el obrero emplea un camión de pasajeros del servicio público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274176-82b24519/riesgo-profesional-transportacion-del-trabajador-al-lugar-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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