RESPONSABILIDAD DEL CONFLICTO LABORAL. PAGO DE SALARIOS DE VEINTE DIAS POR AÑO.
Si un trabajador reclamó el pago de veinte días de salarios por cada año que trabajo, fundándose en que el patrón no cumplió el contrato de trabajo, la ley laboral no le concede ese derecho, supuesto que los artículos 601 y 602 de la propia ley, que son los que establecen la obligación de pagar esa prestación, se refieren al caso de que el patrón se niegue a someterse al arbitraje o a acatar el laudo que pronuncie la Junta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274257-a448eac3/responsabilidad-del-conflicto-laboral-pago-de-salarios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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