TRABAJADORES TRANSITORIOS.
Cuando los trabajadores desempeñan transitoriamente un puesto de planta, sustituyendo temporalmente a otros trabajadores o para realizar obras determinadas, esta situación no puede generar derecho alguno en su favor para ocupar con carácter de planta tales puestos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274401-03acd66f/trabajadores-transitorios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4871/61. Antonio Trujillo Noyola y coagraviados. 16 de noviembre de 1962. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
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