DESPIDO DEL TRABAJADOR, CARGA DE LA PRUEBA.
La jurisprudencia sustentada por la Cuarta Sala de la Suprema Corte en el sentido de que, en los casos en que el demandado niegue el despido y ofrezca el trabajo a los reclamantes, si éstos no aceptan el ofrecimiento, están obligados a demostrar la existencia de ese despido, no se altera por la circunstancia de que el trabajador alegue que en el juicio laboral reclamó la indemnización constitucional y no la reposición en sus labores, pues de cualquier manera que sea el hecho fundatorio de las prestaciones mencionadas, es la rescisión unilateral del contrato de trabajo por el patrono; de tal suerte, que cuando éste niega la rescisión y reconviene al trabajador el cumplimiento de su contrato de trabajo, si éste no se allana al cumplimiento habrá de justificar la causa o motivo de su actitud.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274466-43e288ad/despido-del-trabajador-carga-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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