SUSPENSION DE LABORES, PRUEBAS INSUFICIENTES PARA LA.
Es erróneo que se tenga por justificada la suspensión de labores, tan sólo porque se compruebe con los testigos del propio actor, que se trató de una suspensión general del trabajo. La fracción VI del artículo 116 de la Ley del Trabajo precisa como causa de suspensión del trabajo, la falta de ministración por el Estado de las cantidades que se haya obligado entregar a las empresas, siempre que ellas sean indispensables, pero el artículo 118 establece que en tal caso, previamente a la suspensión, solicitarán las empresas autorización de las Juntas de Conciliación para llevarla al cabo; si tal excepción no se opone o no se comprueba la autorización previa, no es facultad de la responsable declarar oficiosamente que, por haberse tratado de una suspensión general del trabajo, no procedía la acción deducida, tanto más cuanto que la empresa demandada no se excepcionó ni ofreció pruebas en contrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275275-24fd9d1f/suspension-de-labores-pruebas-insuficientes-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJO, AUTORIZACION PARA LA SUSPENSION DEL. (s/clave)
- TRABAJO, SUSPENSION DEL. (s/clave)
- TRABAJO, SUSPENSION DEL, POR FALTA DE MATERIA PRIMA. (s/clave)
- TRABAJO, SUSPENSION TEMPORAL DE LOS CONTRATOS DE. (s/clave)
- SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR PROCESAMIENTO DEL TRABAJADOR. (s/clave)
- SUSPENSION DE LABORES POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. FALTA DE SANCION POR LA JUNTA. EFECTOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis