DESPIDO, CARGA DE LA PRUEBA DEL.
Al trabajador quejoso queda, la carga de la prueba en el sentido de que el despido de que dice fue objeto ocurrió en fecha determinada y que, por lo mismo, la rescisión de su contrato con fecha posterior, por haber incurrido en más de tres faltas de asistencia, carecía de todo valor jurídico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275363-df00aab1/despido-carga-de-la-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 693/60. Dallas D. Moore. 28 de septiembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.
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