INCAPACIDAD, AGRAVACION DE LA.
Cuando con posterioridad a la fecha en que se fija la incapacidad de un trabajador, proveniente de un infortunio del trabajo, aparecen consecuencias que no fue posible prever inicialmente, determinándose una agravación, la indemnización correspondiente debe calcularse conforme al salario percibido por el trabajador en la fecha en que se determina esa agravación, toda vez que la finalidad de la legislación sobre infortunios del trabajo es precisamente la de reparar las consecuencias de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales sufridos por los trabajadores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275379-c468f582/incapacidad-agravacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INCAPACIDAD, PAGO DE LA INDEMNIZACION CORRESPONDIENTE A. (s/clave)
- ACCIDENTES DEL TRABAJO, INDEMNIZACION POR LOS. (s/clave)
- ACCIDENTES DE TRABAJO, INCAPACIDAD PRODUCIDA POR LOS. (s/clave)
- INCAPACIDAD, AGRAVACION DE LA. (s/clave)
- PENSIÓN POR INCAPACIDAD DERIVADA DE UN RIESGO DE TRABAJO. PARA SU CUANTIFICACIÓN EN JUICIO EL TRABAJADOR DEBE ACREDITAR LOS INCREMENTOS OTORGADOS EN LA CATEGORÍA QUE DESEMPEÑABA DE (I.4o.T.66 L)
- INCAPACIDADES POR ACCIDENTES DE TRABAJO, DERECHO A INDEMNIZACION POR LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis