TESTIGOS DE OIDAS, VALOR DE SU DICHO.
El testimonio de dos testigos que al dar la razón de su dicho manifestaron que los hechos les constaban porque se los dijo el actor, o sea que no les constaban personalmente son testigos de oídas y sus atestados no merecen crédito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275997-5dc4b7ad/testigos-de-oidas-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6304/58. Transportes Durango, S. C. L. 10 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.
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