TESTIGOS DE OIDAS, VALOR DE SU DICHO.
Las declaraciones de los testigos no son suficientes para demostrar los hechos causales de la rescisión si manifestaron no haber presenciado los hechos sino que tuvieron noticias de ellos por conducto del actor y del demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275206-b66ed7b8/testigos-de-oidas-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3559/59. Arturo Rangel López. 9 de diciembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.
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