TRABAJADORES DEL ESTADO. SALARIO, DESCUENTO DEL, POR FALTAS INJUSTIFICADAS.
El hecho de que se descuenten del sueldo de un empleado público las cantidades correspondientes a los días en que falta injustificadamente a sus labores, no constituye una sanción, toda vez que el salario es la retribución a que tiene derecho el trabajador a cambio de sus servicios, lo que significa que cuando injustificadamente deje de cumplir la obligación de prestar servicios, no se actualiza el derecho al salario, por ser este derecho correlativo de la obligación cuyo cumplimiento omite.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276009-7cab0e66/trabajadores-del-estado-salario-descuento-del-por-faltas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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