FERROCARRILEROS. MODIFICACION DE ESCALAFON (CONDUCTORES).
Una Junta altera los términos de la lite incurriendo, por tanto, en violación de los artículos 550 y 551 de la Ley del Trabajo, cuando para dictar un laudo absolutorio en favor de la demandada se funda exclusivamente en que el actor no acreditó tales o cuales requisitos, no mencionados por la demandada, entre los no satisfechos para ascender de garrotero a conductor, debiendo haberse limitado a examinar si el actor comprobó haber cumplido los requisitos que según la demandada no había satisfecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277391-2ca1304b/ferrocarrileros-modificacion-de-escalafon-conductores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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