LEYES, APLICACION DE LAS, HECHA POR LAS JUNTAS.
Es indiscutible que en un conflicto derivado de un contrato de trabajo, el procedimiento lo señala la ley federal de la materia en los capítulos que los mismos contiene, referentes a las normas procesales ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, pero sin que para establecer el derecho reclamado en dicho juicio, no tenga que examinarse el reglamento en que se fundó la acción deducida, atento a que la segunda parte del artículo 13, transitorio, de la Ley Federal del Trabajo previene que los reglamentos, contratos de trabajo y cualesquier otros convenios que establezcan derechos, beneficios o prerrogativas en favor de los trabajadores, superiores a los que la ley establece, se consideraran vigentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277498-7a253c50/leyes-aplicacion-de-las-hecha-por-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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