TRABAJADORES DEL ESTADO. NOMBRAMIENTOS.
Cuando el nombramiento de un trabajador al servicio del Estado se acuerde sin ninguna modalidad respecto al término de su vigencia, debe entenderse que es definitivo, por tratarse de una situación análoga a la de los trabajadores en general, porque las características de la relación se determinan y fijan en los propios nombramientos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277683-62f57661/trabajadores-del-estado-nombramientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6812/55. Secretario de Educación Pública. 29 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Luis Díaz Infante.
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