TRABAJADORES PETROLEROS TRANSITORIOS. NO TIENEN DERECHOS DE ESCALAFON.
El escalafón solamente se refiere a trabajadores de planta; éstos son los únicos que tienen derechos de escalafón y antigüedad de empresa, y los transitorios no tienen antigüedad ni derechos escalafonarios en qué fundarse para reclamar el otorgamiento de vacantes definitivas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277775-00d761a2/trabajadores-petroleros-transitorios-no-tienen-derechos-de-escalafon · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7108/56. Jesús Medina y coagraviados. 24 de octubre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
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