VACACIONES.
Si el trabajador no había cumplido el año de servicios que para tener derecho a vacaciones requiere el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo, la autoridad responsable no podía condenar a la empresa al pago de una prestación cuya acción era improcedente por no haberse fincado el derecho que con ella pretendió ejercitarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277878-34245d9f/vacaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 871/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
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