DOMICILIO DE LAS SOCIEDADES, COMPETENCIA EN CASO DE CAMBIO DE.
Si una sociedad elevó, con los requisitos legales, su cambio de domicilio a escritura pública, pero dicho cambio no se inscribió en el registro de comercio relativo, debe tenerse como domicilio el primitivo, para los efectos de que la misma sea demandada. Máxime en un caso en que tratándose de la aplicación de una ley federal, atento lo dispuesto en el artículo 32 del Código Civil del Distrito, aplicable en toda la República en asuntos federales, los actos jurídicos que den lugar a la demanda se verifiquen en el Distrito Federal y el domicilio primitivo se encuentre también en dicha circunscripción territorial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278072-9e1de5dd/domicilio-de-las-sociedades-competencia-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DOMICILIO, COMPETENCIA EN RAZON DEL. (s/clave)
- DOMICILIO DE LAS PERSONAS MORALES. (s/clave)
- SOCIEDADES MERCANTILES, DOMICILIO DE LAS (REGISTRO DE COMERCIO). (s/clave)
- DOMICILIO DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL. (s/clave)
- SUCURSALES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES, DOMICILIO DE LAS. (s/clave)
- SOCIEDADES MERCANTILES, DOMICILIO DE LAS, PARA LOS EFECTOS DEL IMPUESTO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis