APELACION, EN ELLA NO DEBE ESTUDIARSE LA COMPETENCIA.
El recurso de apelación tiene por objeto que el superior confirme, revoque o modifique la resolución del inferior; luego el tribunal de apelación debe declarar en su resolución si confirma, revoca o modifica la resolución apelada; y si no lo hizo así, sino que declinó su competencia para conocer del recurso, dejó de resolver la cuestión planteada y se ocupó de un punto ajeno a la materia del recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278361-5b648660/apelacion-en-ella-no-debe-estudiarse-la-competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 27/43. Suscitada entre el Tribunal del Primer Circuito y la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (Espinosa viuda de Herrera Beatríz). 11 de septiembre de 1951. Mayoría de quince votos. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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