COMPETENCIA EN MATERIA PENAL (EMPRESAS DE CONCESION FEDERAL).
Si el hecho delictuoso que puede llegar a comprobarse, sólo afectará los intereses de una Compañía que, si bien opera bajo una concesión del Gobierno Federal, no tiene el carácter de servicio público descentralizado, sino que constituye una empresa de carácter particular, el delito que pueda llegar a acreditarse, no puede ser considerado como del orden federal, por no quedar comprendido en la enumeración limitativa que se contiene en la fracción I del artículo 41 de La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278415-807d9a4d/competencia-en-materia-penal-empresas-de-concesion-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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