DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE ABANDONO DE HOGAR POR AMBOS CONYUGES.
Si ambos cónyuges se dicen abandonados se está en el caso de que mientras por resolución judicial firme no quede establecido cuál fue el cónyuge abandonado, no se puede decir, en estricto rigor, que existe domicilio conyugal, pues salta a la vista que el hogar matrimonial quedó deshecho como consecuencia del abandono; por tanto, se debe declarar competente para conocer del juicio del divorcio, al Juez del lugar donde se encuentra radicado el demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278633-d3ac0d94/divorcio-competencia-tratandose-de-abandono-de-hogar-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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