Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

JUNTAS DE CONCILIACION, CUANDO PUEDE LA SUPREMA CORTE CONOCER DE SUS CONFLICTOS DE COMPETENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 278641 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2250

Corresponde a esta Suprema Corte de Justicia conocer y dirimir las controversias de competencia que surjan entre las Juntas Municipales y la Federal de Conciliación y Arbitraje, pero para que esto suceda, es necesario que la competencia haya sido debidamente planteada entre las autoridades competidoras, y si en el caso resulta que la Junta requerida no llegó a desechar de plano la solicitud de inhibitoria de la Junta requeriente, ni a decidir si sostenía o no su competencia, es evidente que esta Suprema Corte de Justicia no tiene ante sí cuestión competencia qué dirimir.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278641-b8911b0c/juntas-de-conciliacion-cuando-puede-la-suprema-corte · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 18/45. Suscitada entre la Junta Municipal de Conciliación en Pánuco, Veracruz, y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Tres. 9 de marzo de 1948. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis