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Modo: Corpus Pro

ACCION PERSONAL, COMPETENCIA EN CASO DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 278887 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2426

De acuerdo con las legislaciones de Querétaro y Guanajuato, es competente para conocer del juicio cuando se ejercita una acción personal el Juez del domicilio del demandado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278887-95562716/accion-personal-competencia-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 39/43. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de lo Civil de Querétaro y de Primera Instancia de lo Civil, de Celaya, Guanajuato. 1o. de agosto de 1944. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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