ACCION PERSONAL, COMPETENCIA EN CASO DE.
De acuerdo con las legislaciones de Querétaro y Guanajuato, es competente para conocer del juicio cuando se ejercita una acción personal el Juez del domicilio del demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278887-95562716/accion-personal-competencia-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 39/43. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de lo Civil de Querétaro y de Primera Instancia de lo Civil, de Celaya, Guanajuato. 1o. de agosto de 1944. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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