DOMINIO.
No es cierto que el dominio sea un término jurídico aplicable exclusivamente a inmuebles, sino que se extiende a todo cuanto está en nuestra potestad; tan es así, que la ley exige cláusula especial en la escritura de mandato, para enajenar, sin distinguir si la enajenación es de muebles o de inmuebles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279914-0e43d073/dominio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Ramírez viuda de Chávez Juvencia. 15 de junio de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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