NOVACION.
No existe cuando se cambia sólo la manera de ejecutar la obligación, pero no la obligación misma, ya que esta no resulta sustancialmente alterada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280271-ff79e917/novacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 176/26. Angel González y Compañía. Unanimidad de ocho votos, en cuanto a los puntos resolutivos segundo, cuarto, quinto y sexto, y por unanimidad de diez votos, en cuanto a los puntos primero, tercero, séptimo, octavo noveno y décimo de este fallo. Ausente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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