SUPLICA.
La interposición de recursos improcedentes, no suspende el término legal para la interposición del de súplica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280381-8d451199/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó el recurso. Bastar Beltrán Gregorio. 30 de abril de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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