POSESION PROVISIONAL.
Es ilógico sostener que la posesión provisional deja de subsistir porque se dicte la resolución definitiva por el presidente de la República, cuando ésta no hace más que confirmar dicha posesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280960-e42a97d8/posesion-provisional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4365/26. García Armora Luis, sucesión de. 11 de julio de 1928. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Ricardo B. Castro, Leopoldo estrada y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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